¿Puedo poner una cámara de vigilancia en mi plaza de garaje?
Los propietarios que deseen colocar cámaras de vigilancia en sus plazas de garaje, requieren de una autorización de la comunidad de propietarios. Un dato clave es que más de veinticinco mil comunidades contaban con videovigilancia en el año 2018.
Las cámaras de vigilancia registran todos los movimientos que se producen en el parking, permitiendo identificar cualquier situación irregular y a sus generadores, aumenta en gran medida la seguridad y protección contra acciones delincuenciales y evitan delitos, dado que un sistema de vigilancia con cámaras tiene consecuencias disuasorias, preventivas e investigativas.
Sin embargo, cuando la plaza de garaje se encuentra ubicada en un espacio que se considera de libre acceso para otras personas, pese a que sea un lugar reservado y privado para estacionar un vehículo, debe cumplirse con lo requerido en la instrucción 1/2006 de la AEPD, en relación a los datos personales antes de colocar cualquier cámara de vigilancia.
Por qué es necesaria una autorización
Independientemente, que se coloque una videocámara sólo para captar la actividad en una plaza de garaje, ya que al colocarse en un espacio común con plazas vecinas, se debe contar con la aprobación de la comunidad de vecinos, mediante un acta para poder instalar una cámara de vigilancia en una plaza de garaje.
Acciones previas a instalar videocámaras de vigilancia
Cuando se cuenta con la respectiva autorización y se ha instalado una cámara para vigilar la plaza de garaje, es necesario informar que están siendo registrados en un video de vigilancia al resto de los propietarios de plazas y demás usuarios, con carteles colocados en zonas visibles, donde se señale la identidad del responsable de la instalación de la videocámara.
En dichos carteles, igualmente debe informarse dónde pueden ejercer los derechos los posibles afectados y ante cuál autoridad deben ejercerlos, de manera clara y visible, como lo estipula la LOPD en su artículo 5.1.
Las imágenes grabadas en dichos videos de vigilancia no pueden conservarse por más de un mes, a partir de la fecha de su grabación, ya que grabar ese tipo de imágenes donde son captadas personas identificadas y no identificables con fines de protección y vigilancia con cámaras, también son consideradas como tratamiento de datos personales, es decir privados.
Es por ello, que aplica la normativa de Protección de datos en las plazas de garaje, cuando este sea un espacio compartido, por donde transiten otros propietarios y/o terceros que cotidianamente acceden al parking.
También, es necesario que se realice un registro de las actividades del tratamiento o captación de imágenes en la plaza de estacionamiento, con un documento de carácter interno, que puede elaborarse con una guía referente al uso de videocámaras de seguridad y otras actividades de registro.
Derechos a resguardar
El derecho de información se resguarda con la colocación de los carteles indicados sobre la instalación de las videocámaras de protección y seguridad de la plaza de garaje. También, debe resguardarse el derecho a la protección de datos personales de los usuarios del aparcamiento, según el modelo de la AEPD y del Reglamento general de Protección de Datos (RGPD).
¿Qué tipo de cámara de seguridad es la ideal para un garaje?
Para no equivocarte con la compra de tu cámara de seguridad para garajes intenta que tenga estas características:
- visión nocturna para obtener grabaciones en condiciones de poca luz
- visión gran angular de 360º para no dejar puntos ciegos
- detección de movimiento para detectar intrusos y con la posibilidad de espantarlos con efectos de sonido y luz
- Sencilla: fácil de instalar y de usar
- Que tenga la posibilidad de alarmar a un intruso activando efectos de sonido y luz
- buena resolución de la cámara, para obtener imágenes claras
- económica pero eficiente